El discurso de la superioridad de la gestión sanitaria privada frente a
la pública se ha instalado como un lugar común en muchos de los
discursos realizados por responsables sanitarios. Con la experiencia
acumulada en España, a estas alturas el debate debería haber dejado de
ser una cuestión con elevados tintes ideológicos y poder ser abordada de
manera empírica, a la vista de los resultados relevantes aportados
sobre el funcionamiento de las diversas configuraciones de gestión de
carácter privado ensayadas.
Sin embargo, la retórica, que insiste en
afirmaciones del tipo “se ha comprobado que el modelo de concesión es
más eficiente” y ”da buenos resultados clínicos”, pese a su reiteración
aun no se ha dotado apenas de evidencia que la sustente. Quienes en
nuestro país aplicansus saberes e instrumental analítico a la evaluación
de políticas sanitarias apenas pueden ir más allá de constatar que no
se dispone de evidencia que apoye esas aseveraciones. En buena medida
por insistencia demostrada por nuestras autoridades sanitarias en no
hacer pública la información necesaria para verificarlas, lo que parece
traducir un importante desinterés por evaluar estos modelos y un claro
déficit democrático.
La limitada información disponible sobre este
tipo de experiencias en nuestro país hasta ahora solo ha permitido
alertar del riesgo verosímil que la excesiva proximidad entre
autoridades y concesionarios, puede suponer al reducir la eficacia de la
supervisión sobre los servicios prestados. La conveniencia política de
declarar acertada la decisión adoptada exacerba el enorme riesgo de
“captura del regulador”, fenómeno que describe la influencia de las
empresas de un sector sobre la agencia gubernamental a cuyo control
están sometidas, pudiendo, en casos extremos convertirse el regulador en
defensor de los intereses de la empresa dominante antes que de los
propios encomendados.
Así, los expertos extranjeros con experiencia
acumulada en este tipo de modelos, tras visitar el centro con más larga
trayectoria comunicaron su “fuerte impresión de que el detalle de estas
relaciones contractuales era demasiado negociable” como para resultar
admisible en una administración pública como la británica. (1)
En
este sentido abunda la afirmación, contenida en reclamaciones formuladas
por las empresas contratadas para las concesiones ya operativas en otra
Comunidad Autónoma, respecto a que “transcurridos tres años desde la
apertura de los nuevos 7 hospitales, no hay acuerdo ni en cómo medir las
intervenciones quirúrgicas reales ni mucho menos en cómo medir o
estimar las intervenciones quirúrgicas que el hospital no puede
registrar de forma codificada y por tanto, mostrar en estadística”. (2)
También
la revisión encargada por el Consejo Económico y Social de la Región de
Murcia a expertos independientes del ámbito académico (3) considera que
“de los modelos de concesión administrativa sanitaria apenas se dispone
de otros «estudios» que los publicados desde el entorno de las propias
entidades implicadas, más cercanos a la propaganda que al análisis”. El
único intento serio de evaluación del denominado “modelo Alzira” (4),
recurriendo al enfoque denominado “narrativa y cifras”, concluye que el
proyecto original –muy similar al ahora propuesto - jamás habría sido
viable de no ser por la renegociación del contrato de concesión que
supuso un elevado coste a la administración pública, con lo que resulta
difícil afirmar que haya tenido lugar verdaderamente una transferencia
de riesgos.
En definitiva, las estrategias de gestión sanitaria
privada, especialmente las cada día más propugnadas de colaboración
público privada, contrariamente a lo que publicitan sus defensores, no
han demostrado en la práctica ventajas que aconsejen su adopción. De un
lado, las fórmulas de concesión de obra pública han dado lugar a
notables problemas financieros derivados de los mayores costes de
financiación (Reino Unido) o a disfunciones asociadas a restricciones en
la competencia en el mercado (Italia). Por otra parte, los modelos de
concesión administrativa sanitaria (“modelo Alzira”) presentan más
sombras que luces.
Queda pues como único dato incuestionable la
reiteración hasta la saciedad por parte de los decisores públicos
empecinados en implantar un modelo de indemostrada eficiencia, del
reconocimiento explícito de que cualquier forma de gestión externa es
mejor que la que ellos son capaces de llevar a cabo. Algo que puede ser
cierto, pero resulta contingente y aconseja otras soluciones.
Inicialmente sustituir a quienes reconocen tales limitaciones antes que
reformular sin evidencia todo el modelo de prestación asistencial para
suplir dichas incompetencias confesadas.
Antes de adoptar medidas de
elevado riesgo, largo compromiso y resultados inciertos, debe exigirse
la inmediata aportación a los actores sociales, investigadores con
capacitación en disciplinas políticas, económicas y sanitarias y a la
ciudadanía en general, de la información que permita juzgar si son
ciertos los beneficios aducidos y correctas las medidas ya adoptadas. Su
contumaz ocultación supone un atropello flagrante al incuestionable
derecho de los ciudadanos a la información y el incumplimiento de la
obligación de los decisores públicos a rendir cuentas.
Las sociedades
firmantes de este documento no proponen nada insólito, por tanto.
Únicamente nos remitimos al cumplimiento del contrato social pactado
entre los ciudadanos y sus representantes en los programas electorales,
cuando en ellos se alude al énfasis en promover la transparencia, la
evaluación de las políticas y la rendición de cuentas a la ciudadanía.
La
cuestión clave es cómo mejorar la gestión existente. Dicho objetivo no
se consigue meramente por el cambio en la titularidad del gestor. Se
logrará, en todo caso, introduciendo fórmulas de financiación
capitativas debidamente ajustadas por riesgo y no mediante presupuestos
históricos o contratos de gestión ficticios y revisables a conveniencia.
Se logrará evaluando y retribuyendo desempeño en función de los
resultados de salud obtenidos y no sobre la base de actividad y
procesos. Y ello se puede hacer con fórmulas de gestión pública. El
camino equivocado es prejuzgar que las concesiones administrativas a
empresas privadas, sin más, garantizan una gestión más eficiente. Esto
aún está por demostrar en España.
3
1NHS GLOBAL: The search for low-cost integrated healthcare The Alzira model from
the region of Valencia. The NHS Confederation.Bruselas 2011)
http://www.nhsconfed.org/Publications/Documents/Integrated_healthcare_141211.pdf2DOCUMENTO SEOPAN. Asociación de Empresas Constructoras de Ámbito Nacional:
Escrito de su Presidente al Consejero de Sanidad de la CAM, 13 de abril 2011. Anexo
sobre “Ajuste de volumen por incremento de actividad”
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2011/05/06/cartahospitales.pdf3Abellán Perpiñán JM, Martínez Pérez JE, Méndez Martínez I, Sánchez Martínez FI,
Garrido García S. Financiación y eficiencia del sistema sanitario público de la Región
de Murcia. Consejo Económico y Social. Colección Estudios Número 32. Murcia 2011
http://www.cesmurcia.com/estudios/estudios_32/0_Estudio_32.pdf4Acerete B, Stafford A, Stapleton P. Spanish healthcare Public Private Partnerships:
the ‘Alzira model’ Critical Perspectives on Accounting. 2011, 22 (6): 533–549
https://research.mbs.ac.uk/accountingfinance/Portals/0/docs/Spanish%20healthcare%20Public%20Private%20Partnerships%20the%20Alzira%20model.pdf
Firma:
Junta y Asamblea SESPAS, Madrid 26 de Noviembre de 2012